miércoles, 9 de septiembre de 2009

Vida desde la concepción hasta la muerte...


Se ha tergiversado lo que promulga el artículo 30, se dice solo lo relacionado con el ABORTO, pero el verdadero asunto con relación a este articulito es el derecho de la mujer de DECIDIR, y punto.

El Estado, ni la Iglesia, ni los Legisladores, tienen el derecho de elegir por nosotras, no tienen derecho a matarnos, sí, a matarnos, porque cuando una mujer se encuentre en peligro en labor de parto, el médico en cuestión no podrá hacer nada para salvar a la madre (por miedo de interrumpir el embarazo), irónico y estúpido, porque sin la madre cómo sobrevivirá una criatura de 2 semanas de gestación, o como dice el articulito 30:
“Desde el momento de la concepción...”

Sé que la mayoría de las personas de acuerdo con este articulito tonto, son mujeres sin ninguna esperanza de ser madres, o que ya son madres, hombres, machitos, o ignorantes totales.
Todos tenemos derecho a decidir sobre nosotros, no es que esté de acuerdo con el aborto, eso de sacar los “productos, niños, fetos…”, como se le quiera llamar solamente porque sí, NO, no estoy de acuerdo con eso; estoy de acuerdo con que tengamos la LIBERTAD DE DECISIóN .

En el caso de que la madre esté en peligro, al igual que la criatura, a los dos se debe hacer lo imposible para salvarlos, cualquier médico haría eso. Vida desde la concepción hasta la muerte: No entiendo cómo se pretende otorgar derechos humanos a un huevo, sin cerebro, sin constitución humana (**a partir del día 14 que el pre-embrión experimenta un cambio sustancial en su estructura tisular y de su estatus jurídico, plazo a partir del cual tendrá plena protección jurídica, pero nunca en contraposición a los derechos de la madre a la vida") por encima de un ser humano, de un ser reproductor y una persona jurídica, como es la madre.
Como ser humano, como persona jurídica y como madre en potencia, temo alguna vez dar a luz en mi país, ya que tengo de herencia, probabilidades de riesgo al quedar embarazada, y sé que me dejarán morir, antes que interrumpir el desarrollo de un producto, que sin mí no podrá desarrollarse en un ser humano, sé que ningún doctor querrá tomar una decisión “acertada” sin miedo a ser acusado de asesino, carnicero, maleante y/o abusador, o quedar preso por 5 o 20 años, que es el tiempo que dispone el llamado fatídico artículo 30.
Para mí, el maldito artículo 30, es una pena de muerte a las mujeres, y al mismo “producto”, éste necesita una modificación; y me pregunto ¿qué será de ***PRO-FAMILIA?

“Ningún médico será penalizado si intentando salvar la vida de la madre provoca indirectamente la muerte del feto. Prueba de ello es el hecho de que el aborto está penalizado desde hace muchos años en nuestro país y ningún profesional de la medicina ha ido a juicio por haber aplicado un procedimiento médico que haya provocado un aborto indirecto, no intencional. Como tampoco son penalizados los establecimientos donde se venden anticonceptivos o preservativos”. ****

Entonces, ¿para qué el nuevo artículo 30, si desde SIEMPRE se ha respetado el derecho a la vida, desde el momento de la concepción hasta la muerte, tanto de la madre, como del hijo, si no se va a SANCIONAR ningún médico, ni farmacéutico, etc., que de una manera “no intencional” interrumpa el pleno desarrollo del Sr. huevo fecundado?


.

.

.

** Comisión Warnock
***Ver: www.profamilia.org.do
Derechos sexuales y reproductivos a la luz de los derechos humanos.
Chequeen lo que exponen estos derechos, ojo con el punto #5
****Reproducción de: www.todopensamientocautivo.blogspot.com

No hay comentarios: